PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de de diferencia de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana AL-NA`IR DEL VALLE ANGULO CARREÑO contra la empresa INDUSTRIA LACTEA VENEZOLANA, C.A. (INDULAC) ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos: 1) Las diferencias sobre los conceptos de prestación de antigüedad y sus respectivos intereses y sobre la indemnización sustitutiva de preaviso y la indemnización por despido injustificado, generados sobre la base de que de la totalidad del aumento acordado, que fue de un 20% sobre el monto del salario básico devengado al 31 de mayo de 2004 con vigencia a partir del 1 de junio de 2004, sólo puede ser considerado como salario de eficacia atípica un 20% de manera que el 80% de la totalidad del aumento, deberá formar parte del salario utilizado como base para el cálculo de la prestación de antigüedad y sus respectivos intereses y de la indemnizaci.....