este Tribunal encontrándose en fase de MEDIACION, revisó exhaustivamente el acuerdo, observando que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; en tal sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos previstos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA.