este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por la entidad bancaria HELM BANK DE VENEZUELA, S.A. BANCO COMERCIAL REGIONAL, cuyo organismo liquidador de conformidad con el Nº 2º del articulo 106 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, es el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS en contra la Sociedad Mercantil HPT 135, C.A. ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la decisión; conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la demandante con respecto al CONTRATO DE PRÉSTAMO, la cantidad de Cinco Millones Doscientos Cincuenta Mil Bolívares sin céntimos (Bs. 5.250.000,00), por concepto de capital adeudado; la cant.....