De este modo se satisface entonces y por ende la pretensión de la ciudadana NELLYANA GONZALEZ quien por medio de la presente, tiene por confirmada la sentencia recurrida aunque con diferente motivación y en la cual se declaran procedentes en su totalidad los conceptos demandados bajo la actualización económica que aquí se ordena. ASÍ SE ESTABLECE.
VII. DISPOSITIVO.-
Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO.- SIN LUGAR la solicitud que como punto previo, opusiera la representación judicial de la parte demandada apelante, de reposición de la causa al estado y grado de admisión de la demanda en el asunto principal sometido a alzamiento en esta Segunda Instancia, para el decreto de nulidad del iter procesal bajo examen de apelación sobre la sentencia impugnada de fecha 13 de junio de 2022, emanada del Juzgado Tercero (3°.....