DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la querella que por ACCIÓN INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO, incoaran las ciudadanas DEISI YOBANA GUEVARA BRAVO y ANGIE DANIELA GUEVARA CLAVERY, en contra de la ciudadana YUBISAY ABEIDA BARREIRO OLMEDO, ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo.
Segundo: Se suspende la medida de secuestro decretada por este este Juzgado en fecha 21 de julio de 2021, y ejecutada en fecha 25 de abril de 2023, por el Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Tercero: Se ordena la restitución de la posesión del fondo de comercio a la ciudadana YUBISAY ABEIDA BARREIRO .....