Este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en lo términos que dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA incoara CONSTRUCTORA RIVELEX, C.A., en contra de JUAN ENRIQUE CASTEROT CARDOZO Y JONI MARBELLA MILANO DE CASTEROT, plenamente identificadas en el fallo. Como consecuencia del particular anterior se declara RESUELTO el contrato de opción de compra-venta suscrito en fecha 23 de Marzo de 2009 por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Baruta del Estado Miranda, anotado bajo el N° 61, Tomo 10 de los libros de autenticaciones, entre la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA RIVELEX, C.A., en contra de los ciudadanos JUAN ENRIQUE CASTEROT CARDOZO Y JONI MARBELLA MILANO DE CASTEROT, todos identificados en el fallo, el cual tuv.....