En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DESALOJO intentada por la ciudadana MIRIAM DEL GIZZO RUSSO en contra de LUIS JOSÉ ÁLVAREZ UZCATEGUI. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento verbal suscrito entre las partes y cuyo objeto es el inmueble identificado como: apartamento Nº 5-D, situado en el piso 5, hacia el lado Sureste de la parte posterior del Edificio denominado Libergrin, ubicado con frente a la Avenida Libertador y a la Avenida Ávila, también llamada Calle Negrín Jurisdicción de la Parroquia El Recreo, Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Distrito Capital.-