declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la acción de nulidad interpuesta por la entidad de trabajo INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN contra la Providencia Administrativa n° 228-2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" con sede en Caracas-Sur en fecha 21/12/2012. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte recurrente. TERCERO: Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive. Se ordena la notificación del Procurador General de la República en virtud que se encuentran involucrados los intereses de la República