Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la Tacha promovida por la parte demandada.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano PEDRO RAMÓN LEO JARAMILLO, contra la sociedad mercantil SALÓN DE BELLEZA SOR TERESA, S.A., y personalmente contra las ciudadanas SOR TERESA CASTILLO y PATRICIA MARIELIS MARRERO CASTILLO plenamente identificados en autos. TERCERO: Se condena a las demandadas sociedad mercantil SALÓN DE BELLEZA SOR TERESA, S.A., y solidariamente a las ciudadanas SOR TERESA CASTILLO y PATRICIA MARIELIS MARRERO CASTILLO, al pago al actor de Bs.F.4.637,41 por conceptos de Prestación de antigüedad, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, utilidad.....