Se dicto Resolución, mediante la cual se AUTORIZO SUFICIENTEMENTE, y en forma PROVISIONAL, al ciudadano JOSE LUIS CERCHIONE CRESCITELLI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-5.532.307, para que pueda ausentarse, de su domicilio conyugal por un (01) año, a partir de la presente fecha, a la siguiente dirección: "Avenida Arauco, Edificio Moisés, Piso 4, Apartamento 21, en la Urbanización San Bernardino, Municipio Libertador", de conformidad con lo previsto en el articulo 138 del Código Civil de Venezuela.