Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por el abogado José Ángel Siso, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la experticia complementaria del fallo presentada por la experta Edy Rodríguez en fecha 22/07/2015, cursante a los folios 132 al 159, ambos inclusive, de la pieza N° 2 al cumplir con todos parámetros de la sentencia dictada por el Juzgado Noveno (9) Superior de este Circuito Judicial, en fecha 01/10/2013, por lo que la parte demandada deberá cancelar a la parte actora la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON 05/100 (BS. 1.373.164,05). N.....