Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado sexto de municipio ejecutor de medidas e itinerante de primera instancia en lo civil, mercantil, tránsito y bancario de la circunscripción judicial del área metropolitana de caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la TRNASACCIÓN JUDICIAL, suscrita en fecha 14 de marzo de 2007, por el abogado Hector Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.375, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y, por la abogada Lisette Villaamediana, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.268, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ambos según consta el primero, de instrumento poder otorgado por ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Baruta del estado Miranda, en fecha 20 de septiembre de 2006, bajo el No. 55, Tomo 102, de los libros de autenticaciones correspondientes y, la segunda de poder apuda acta o.....