Se dictó Sentencia Interlocutoria, mediante la cual se declaró: la NULIDAD de las actuaciones cumplidas en los juicios posteriores al 18 de diciembre de 2013. En consecuencia, SE REPONE la causa al estado de la audiencia preliminar, la cual se llevará a efecto al las once de la mañana (11:00 a.m.), del quinto (5º) día de despacho, computados desde que conste en autos la notificación de la última de las partes.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia certificada.