Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta el ciudadano PAVEL ERNESTO MALAVE VALIENTE, titular de la cédula de identidad N° 6.158.678, contra la Providencia Administrativa N° 065-13, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Sede Norte, en fecha 18 de febrero de 2013, con motivo al procedimiento de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoado contra la entidad de trabajo BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procurad.....