Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra sentencia de fecha 12/12/2013 dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: CON LUGAR, la demanda incoada la ciudadana YULIBET MARIA GUEVARA SIFONTES contra la entidad de trabajo C.A. SERENOS ASOCIADOS, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES en consecuencia se ordena el pago de los conceptos laborales que se indican en la motiva del presente fallo. CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.