Ahora bien, de una revisión exhaustiva de lo expresado en el escrito transaccional, se observa que el mismo se encuentra ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley del Trabajo, por cuanto los acuerdos alcanzados por las partes se ajustan a los principios de irrenunciabilidad, previstos en el Art 89, numeral 2 de la Constitución Nacional , que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella comprendidos. En consecuencia el Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, homologa el acuerdo transaccional en los términos acordados por las partes, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se decide.
Respecto a las copias certificadas de la presente transacción y del auto que lo homologa, este Tribunal las acuerda de conformidad con lo establecido en el Art. 21 de la Ley Orgánica procesal del Trabaj.....