DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2 del Código Penal, 462 numeral 6 y 465, del Código Orgánico Procesal Penal declara: PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, en fecha 28 de septiembre de 2016, mediante la cual se sancionó al adolescente IDENTIDAD OMITIDA al cumplimiento de la medida de privación de libertad por el lapso de TRES AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD Y CUATRO MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO Y NIÑA, tipificado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Ni.....