En el día de hoy, 05/05/2009, esta Sala de Juici, haciendo uso de las facultades conferidas en el parágrafo cuarto, literal "e" del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIO el cargo de Curador Ad-Hoc de las niñas de autos a la ciudadana BELKIS CAROL HERNANDEZ LICCIEN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad No. 13.070.538.