DISPOSITIVO
Por los razonamientos legales esgrimidos anteriormente este Tribunal Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, en estricto acatamiento a las normas anteriormente transcritas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: ÚNICO HOMOLOGADO el desistimiento de la presente oferta real de pago y así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN, DEJESE COPIA CERTIFICADA, REGISTRESE EN LA PÁGINA WEB DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los cinco (5) días del mes de abril de dos mil Diecisiete (2017). Años 206º de Independencia y 158º de Federación.-
LA JUEZ,
Abg. Thayna Albarrán.....