este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por EL CONSEJO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL CONGLOMERADO EMPRESARIAL SOCIALISTA LA DUMBO, contra el ciudadano JUAN AGUSTIN PAEZ GOMEZ, ambos anteriormente identificados, conforme los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.