DISPOSITIVA.
Este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido de manera unipersonal del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Absuelve a los ciudadanos acusados CARLOS ENRIQUE PEÑA QUEVEDO, titular de la cédula de identidad N° 11.691.052, y PERSAUD QUEVEDO DAVINDRA ISHRY, titular de la cédula de identidad N° 18.190.435, de los cargos por los cuales lo acuso la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, específicamente del delito de AGAVILLAMIENTO. Esta sentencia absolutoria se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se condena al ciudadano acusado CARLOS ENRIQUE PEÑA QUEVEDO, titular de la cédula de identidad N° 11.691.052, a cumplir la Pena de Quince (15) Años de Prisión, por ser c.....