Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el Acta de Nacimiento a nombre de la niña XXXXX, asentada bajo el N° 2116, Tomo N° 9, de 116 Folios, Tercer Trimestre 2006, de fecha 26 de Enero de 2007, inserta en el libro de nacimientos llevados por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos del Hospital General del Oeste Dr. José Gregorio Hernández, en representación de la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital. En consecuencia: 1) Donde se identificó erróneamente el número de Cédula de Identidad de la madre de la niña, ciudadana LMRP, con el N° 18.021.421, siendo esto incorrecto, .....