este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs.F.24.614,34, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Igualmente, este Tribunal observando la naturaleza jurídica de la parte Demandada, ordena la notificación mediante oficio, de la presente decisión, acompañando copia certificada de la misma a la Procuraduría General de la República, de conformidad con los artículos 95 y 96 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenar.....