este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas considera que la transacción presentada y bajo revisión cumple con los extremos del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, con excepción del primer párrafo de la cláusula quinta de dicho escrito, por ello se HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por el ciudadano HUMBERTO MARENCO MUÑOZ y LABORATORIOS LA SANTE, C.A. en los términos ya indicados.