(...)
"......Este Juzgado vista las exposiciones que anteceden, y que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el acuerdo alcanzado por las partes no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que la presente acta se lee a viva voz, por cuanto la parte actora no sabe leer y escribir, quien se encuentra debidamente representado y estampará sus huellas digitales en el físico. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas para lo cual se le instan a consignar las copias simples respectivas. Asimismo se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
ESTEFANÍA OROPORTE BLANCO .....