Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Octavo del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPENTENTE para decidir la presente causa al Juzgado Superior 5º Contencioso Administrativo de la Región Capital. SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, a los fines de decidir la regulación de competencia la cual es expresamente solicitada por este Juzgado. Cúmplase.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Octavo del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los cinco (05) días del mes de agosto de 2009. Años: 198º y 150º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-
LA JUEZ,
GRELOISIDA OJEDA NUÑEZ
EL SECRETARIO,
Abg. JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ
En la mi.....