DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27º) de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA NEGAR la revision de la medida de privacion de libertad acordada al imputado ARNOLFO ENRIQUE ARNEDO ARANZA, solicitada por su abogado defensor dr. rodolfo flores, defensor publico 81º penal, conforme a lo previsto en el articulo 264 del codigo organico procesal penal, dictada en conta de su defendido en audienci oral celebrada ante este Juzgado en fecha 11-06-06, por no haber cambiado las circunstancia de hecho y de derecho que dieron lugar a la misma; todo ello en virtud a lo establecido an los articulos 250, 251 y 252 en relacion con los articulos 1, 12, 13 y 19 ejusdem; y los articulos 19, 23 y 26 de la Constitucion de la Republica bolivariana de ven.....