Al penado ÁNGEL RICARDO VAAMONDE MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.223.922, le proceden, previa verificación de los requisitos de Ley:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar a la medida alternativa en referencia, al transcurrir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS, es decir 02-04-2008.
Régimen Abierto: La tercera parte de la pena, al transcurrir DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, es decir, en fecha 17-11-08.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, al transcurrir CINCO (05) AÑOS, es decir, en fecha, 17-05-2011.
La Gracia de Conmutación de pena (CONFINAMIENTO), podrá ser solicitada por el referido penado, una vez que el mismo hayan cumplido las tres cuartas partes de la pena, que equivale a CINCO (5) AÑOS, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, es decir, en fecha 20 de Diciembre del año dos mil Once (2011), siempre y cuando el ut-supra penado se encuentre int.....