En este sentido, y respecto a las horas vinculadas al análisis de la información, este Tribunal las desecha ya que dicha actividad se subsume en la elaboración de cálculos y la elaboración del informe. En consecuencia, el Tribunal acepta el resto de las horas y actividades indicadas, siendo un total de 5 horas las que acepta este Tribunal, debido a los cálculos ordenados en la sentencia emanada del Juzgado de Juicio y Juzgado Superior.
En consecuencia, este Tribunal fija los Honorarios Profesionales del ciudadano experto contable Lic. JOSÉ HERRERA, cédula de identidad NºV-4.361.331, inscrito en el Colegio de Administradores del estado Miranda, bajo el Nº32.812, en la cantidad de BOLÍVARES FUERTES TRES MIL SEISCIENTOS CÉNTIMOS (3.600,00), de acuerdo a la siguiente discriminación: Bs.F.720,00 a razón del valor de la hora en 8 unidades tributarias, por 5 horas de trabajo asciende a la cantidad de BOLÍVARES FUERTES TRES MIL SEISCIENTOS CÉNTIMOS (3.600,00). Así se decide.-
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