SIN LUGAR la recusación planteada en fecha diecinueve (19) de septiembre del año dos mil siete (2007) por la Ciudadana GLADYS DEL CARMEN RAMIREZ FLORES y en contra del Juez Unipersonal de la Sala de Juicio número IV de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, ciudadano DIRK EMILIO RUIZ GUIA, en el proceso de "Resolución de Contrato", signado con el número: AP51V2005003778, según la nomenclatura llevada por este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, con base en la causal contenida en el numeral 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, es decir; por enemistad entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que, sanamente apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del recusado y así se decide.-