Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano RAMÓN MORALES, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.151.690, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO LÉPORE GIRON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.093, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, y en consecuencia:
1.- ORDENA: a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA que proceda al recálculo de la jubilación correspondiente al ciudadano RAMÓN MORALES, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.151.690, en base al salario fijado para el cargo de Analista de Personal I, de conformidad con la motiva del presente fallo.
2.- SE ORDENA: a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRAN.....