En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: declara: PRIMERO: SIN LUGAR la inadmisibilidad de la demandada solicitada por las codemandadas HERRERÍA VERSER 74, C.A. e INVERSIONES y CONSTRUCTORA BRIKEN, C.A. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por cobro de indemnizaciones por accidente de trabajo contra la codemandada HERRERÍA VERSER 74, C.A. TERCERO: Se condena a la codemandada HERRERÍA VERSER 74, C.A. a pagar al actor los siguientes conceptos: 1) Indemnizaciones derivadas de la responsabilidad subjetiva, de acuerdo con lo previsto en el numeral 3º del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, sobre la base del último salario integral diario de Bs. 81,91 el equivalente al salario c.....