este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide lo siguiente:
Primero: Con Lugar la demanda que por Extinción de Hipoteca sigue MARIA MAGDALENA APONTE ESCALANTE, en contra de la Sociedad Mercantil "INVERSIONES TRIGAL" C.A., ambas partes identificadas en autos.
Segundo: Se declara prescrito el crédito y extinguida la hipoteca legal convencional de segundo grado constituida por el ciudadano OMAR ANTONIO FARIAS CARDENAS a favor de "INVERSIONES TRIGAL" C.A., por la cantidad de VEINTIDOS MIL BOLIVARES (Bs.22.000,00) en fecha 31 de agosto de 1972, por documento debidamente protocolizado por ante ante la Oficina de Registro Público del Primero Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda en fecha 31/08/1972, bajo el Nº 41, Tomo 11, Protocolo Primero, sobre el inmueble:
"Un apartamento destinado a vivienda que forma parte del Edificio denominado "Residencias Trigal", ubicado en el lote "C" de la parcela Nº 4, zona.....