DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte accionante contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2017, dictada por el Tribunal Noveno (9°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano JOSÉ GONZÁLO ORTEGA GUILLEN antes identificado, contra la Providencia Administrativa No. 52/98, de fecha 17 de noviembre de 1998, emanada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, con motivo al procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, interpuesto p.....