PRIMERO: Se decreta medida cautelar de secuestro sobre el siguiente bien inmueble: "dos (02) locales comerciales identificados con las letras "C" y "D" y el sótano, todos ellos integrados que forman parte del Edificio "Bustos", situado en la avenida Principal de Boleita Sur, Municipio Sucre del Estado Miranda."
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el último párrafo del ordinal 7º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, se designa como depositaria del inmueble objeto de la medida cautelar decretada, a la parte actora ciudadano JOAO FERREIRA CASIMIRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.183.97.
Asimismo, se hace saber que para la práctica de la medida acordada se fija el día jueves Seis (06) de Febrero del año Dos Mil Diecinueve (2019), a las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.).