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Decisiones del dia 06/03/2014 |
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N° Expediente :
AP21-S-2012-000776
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL). VS LEIDA JOSEFINA LUGO SANCHEZ |
Resumen:
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). HOMOLOGADA el desistimiento del presente procedimiento solicitado por la representación judicial del parte Oferente, en los términos precedentemente señalados, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 11 de al Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
2°). Se autoriza la entrega a la parte oferente en la presente causa, el INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL), de la cantidad ofertada y depositada en la Libreta de Ahorros distinguida con el N°:01259878, en el Banco Bicentenario, y aperturada a favor de la ciudadan.....
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Juez/Ponente:
Orlando Magallanes
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Organo:
Juzgado Vigésimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-S-2014-000581
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes:
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Resumen:
Finalmente, visto que en el escrito transaccional, las partes mediante recíprocas concesiones, acordaron el pago de la cantidad de DIEZ MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs.10.557,20), mediante cheque librados a su favor contra el Banco de Venezuela distinguido con el Nº S-92-21007926, perteneciente a la cuenta Nº 0102-0418-0000072106. Es por lo que este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (aún vigente), el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como lo artículo 257, 258, numeral 2 del articulo 89 todos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesta. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Miguel Yilales Zurita
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Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-S-2014-000621
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes:
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Resumen:
Finalmente, visto que en el escrito transaccional, las partes mediante recíprocas concesiones, acordaron el pago de la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.3.729,58), mediante cheque librado a su favor contra el Banco de Venezuela distinguido con el Nº S-92-32007969, perteneciente a la cuenta Nº 0102-0418-0000072106. Es por lo que este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (aún vigente), el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como lo artículo 257, 258, numeral 2 del articulo 89 todos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesta. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Miguel Yilales Zurita
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Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-S-2014-000535
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes:
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Resumen:
Finalmente, visto que en el escrito transaccional, las partes mediante recíprocas concesiones, acordaron el pago de la cantidad de ONCE MIL CIENTO SESENTA BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.11.160,74), mediante cheque librado a su favor contra el Banco de Venezuela distinguido con el Nº S-92-76007942, perteneciente a la cuenta Nº 0102-0418-0000072106. Es por lo que este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (aún vigente), el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como lo artículo 257, 258, numeral 2 del articulo 89 todos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesta. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Miguel Yilales Zurita
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Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
ASUNTO-AP21-S-2014-000124.
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PARTE OFERENTE: -REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, PARTE OFERIDA: JOSE GABRIEL CARREÑO MOLINA, |
Resumen:
En consecuencia, este Juzgado, en virtud de que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, por cuanto han sido discutidos, versa en escrito y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y los derechos en ella comprendidos, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA a la transacción suscrita por las partes. Finalmente, habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra, no teniendo ninguna otra actuación procesal que realizar con ocasión a la presente oferta real de pago, se da por terminado el presente procedimiento, se ordena su archivo definitivo y el cierre informático del mismo, una vez vencidos los lapsos para el ejercicio de los recursos.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión.
La Jueza.
Abg. Carolina Chakia.....
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
ASUNTO-AP21-S-2014-000630.
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PARTE OFERENTE: CUSTODIOS PROFESIONALES DEL CARIBE, C.A . -PARTE OFERIDA: GUIDO JOSE SANCHEZ CORREDOR |
Resumen:
este Juzgado, en virtud de que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, por cuanto han sido discutidos, versa en escrito y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y los derechos en ella comprendidos, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA a la transacción suscrita por las partes, únicamente en cuanto a los conceptos mencionados y debidamente discriminados. Finalmente, habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra, no teniendo ninguna otra actuación procesal que realizar con ocasión a la presente oferta real de pago, se da por terminado el presente procedimiento, se ordena su archivo definitivo y el cierre informático del mismo, una vez vencidos los lapsos para el ejercicio de los recursos.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certifica.....
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
ASUNTO-AP21-S-2014-000541.
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/03/2014 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: PARTE OFERENTE: CUSTODIOS PROFESIONALES DEL CARIBE, C.A, -PARTE OFERIDA:ISMAEL ERASMO GARCIA GALINDO, |
Resumen:
este Juzgado, en virtud de que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, por cuanto han sido discutidos, versa en escrito y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y los derechos en ella comprendidos, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA a la transacción suscrita por las partes, no abarcando la presente homologación los conceptos no indicados ni discriminados en el mismo manteniendo el trabajador vigente su acción. Finalmente, habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra, no teniendo ninguna otra actuación procesal que realizar con ocasión a la presente oferta real de pago, se da por terminado el presente procedimiento, se ordena su archivo definitivo y el cierre informático del mismo, una vez vencidos los lapsos para el ejercicio de l.....
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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