DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado RICHARD HUMBERTO DE ABREU LLAMOZAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos MANUEL ÁNGEL COLINA DÍAZ, LUCIA GUADALUPE DÍAZ DE COLINA, LEONARDO JOSÉ COLINA DÍAZ, CAROLINA ELENA COLINA DÍAZ y ÁNDRES JERÓNIMO COLINA DÍAZ, supra identificados, contra la decisión de fecha 25 d abril de 2007, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por cumplimiento de prórroga legal, interpuesta por el abogado en ejercic.....