"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 09 al 18 y presentado por el ciudadano MERLON CALDERIN, titular de la C.I. V-13.968.914, asistido por la Abogada ANGEL ROJAS, IPSA Nº 88.662, en su carácter de parte oferida y la oferente INVERSIONES FG 1083, C.A., en la persona de su abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA Nº 97.802, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.30.000,00), la que es pagada mediante un Cheque del Banco Banplus, Nº 34003928, de fecha 25-02-2015, a nombre del trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 1.713 del Código Civ.....