-DISPOSITIVO-
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela conforme a lo dispuesto en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara TEMPESTIVA la presentación del escrito de contestación de la demanda de fecha 08 de Abril de 2008.
-SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la impugnación de la cuantía efectuada por la parte demandada en su escrito de fecha 08 de Abril de 2008, quedando ésta establecida en la cantidad de Siete Millones Doscientos Mil Bolívares (7.200.000,00 Bs.) ó su equivalente de Siete Mil Doscientos Bolívares Fuertes (7.200,00 Bf.).
-TERCERO: Se declara la INCOMPETENCIA POR LA CUANTIA de los Juzgados de Municipio para conocer y decidir la presente causa, DECLINÁNDOSE el conocimiento de la causa en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Me.....