Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR, el recurso de hecho interpuesto en fecha 13 de abril de dos mil once (2011), por el abogado MARCELINO PADRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.473, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BLANCA TAMARA ROJAS GALINDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.544.938, contra el auto de fecha siete (07) de abril de dos mil once (2011), dictado por la Jueza del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el cual se niega oír la apelación interpuesta por el referido abogado en contra del acta de fecha treinta y uno (31) de marzo del año en curso. En consecuencia, se ordena oír la referida apelación.