Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION presentada en fecha veintitrés (23) de septiembre de 2005, suscrito por una parte por el Abogado LUIS MARIANO AHIJADO LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.993, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y por la otra por la ciudadana JOSEFINA DEL VALLE GUILLÉN TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-8.039.364, actuando en nombre y representación del ciudadano ASDRÚBAL ERNESTO MEDINA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.884.393, en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por el Abogado LUIS ALFREDO VENOT QUIJADA, inscrito en el .....