DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente explanado, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud planteada por el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. FRANCISCO CANESTRI" del Ministerio del Interior y Justicia, en el sentido que sea extendido por un lapso más de tiempo el Permiso de Supervisión Especial previsto en el artículo 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, al penado JOHAN FRANCISCO BUSTAMANTE FLORES, titular de la Cédula de Identidad N°: V-13.535.885, pues sería tanto como conceder la medida de Libertad Condicional de forma anticipada, en contravención de lo exigido en el artículo 500, segundo aparte, de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el penado en cuestión retornar de inmediato a las pernoctas respectivas.....