Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la niña XXXX, asentada bajo el N° 30, Folio volt 15, Año 1998, inserta en el libro de nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador, donde se colocó de manera incorrecta el año de nacimiento como "(1996)" debe asentarse lo correcto, como: "(1997)". Asimismo se ordena oficiar a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador, a los fines de que efectúen la debida corrección.