-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos DOUGLAS JOSE HERNANDEZ VILLARROEL y JENNY JOSEFINA YANEZ SANTAELLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.869.710 y V-10.379.019, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de diciembre de 1991, expedida por el Registro Civil, de la Parroquia Caricuao Municipio Bolivariano Libertador Del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 483, del libro de matrimonios correspondiente al año 1991, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certif.....