DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada RAIZA VALLERA, en su condición de apoderada judicial de la parte actora recurrente, en contra de la decisión de fecha siete (07) de junio de 2010 dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en la demanda incoada por la ciudadana MARIA ALEXANDRA COLINA RONDON contra MERCADOS DE ALIMENTOS (MERCAL).