Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano JOSE CARLOS CARVALLO CORREIA, venezolano, mayor de edad, soltero, y titular de la cedula de identidad Nº V-23.527.990 y en consecuencia decide:
ÚNICO: En el acta de nacimiento correspondiente al ciudadano JOSE CARLOS CARVALLO CORREIA, levantada por ante el Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el No. 251, del año 1995, donde dice "JOSE CARVALLO DA SILVA", deberá decir "JOSE CARVALHO DA SILVA. Así se decide.-
Se acuerda librar oficios a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el art.....