declara la CONVERSIÓN en DIVORCIO de la solicitud de separación de cuerpos planteada por los ciudadanos Martín José Tovar Larrain e Irene del Carmen Lafee, debidamente asistidos por las abogadas Eugenia Lafee y Dian Carla González, a tenor de lo dispuesto en el 3° acápite del artículo 185 del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 06.12.2003, por ante el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el Nº 10, inserta en el folio 10 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 2.003