Por las razones expuestas, este Juzgado Trigésimo (30º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos LUZ COLUMBA URBINA DE HERNANDEZ y JOSE ENRIQUE HERNANDEZ LANDAETA, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día el día 24 de abril de 1975, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), cuya acta quedó inserta bajo el Nº 68, Folio 68 del Libro de Matrimonios del año 1975. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina del Registro Civil Principal del Distrito Capital, y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia Municipio Li.....