En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Apelaciones Accidental N° I de la Corte Superior del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ARGENIS JOSÉ DÍAZ MARTÍNEZ contra la sentencia dictada por la Jueza Unipersonal N° XII de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en fecha 19 de septiembre de 2006, la cual se revoca. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano ARGENIS JOSÉ DÍAZ MARTÍNEZ, contra la ciudadana NELLY ERMELINDA MARQUINA NIÑO, con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil. En ejercicio del poder discrecional que posee el juez y acogiendo.....