Se dictó Resolución mediante la cual se decretó Medida de Protección, MODALIDAD DE COLOCACION FAMILIAR de conformidad con lo previsto en el artículo 128 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a favor de a niña Se omiten los datos de identificación y el adolescente Se omiten los datos de identificación, de diez (10) y doce (12) años de edad, respectivamente, la cual deberá ejercerse en el hogar de los tíos maternos, ciudadanos MIGUEL ALBERTO ROQUE ANDARA e IRMA JOSEFINA DIAZ ROJAS DE ROQUE, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Urbanización Colinas de Vista Alegre, calle 12, Quinta Los Roques, Caracas, Distrito Capital y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.808.348 y 4.850.002, respectivamente.